
Más allá de lo comentado en textos anteriores se debe dejar en claro que por medio de la programación se le podrá comunicar al público que apuesta, toda otra clase de datos o información que puede ser considerado de su interés.
- En caso que se lleve a cabo alguna cancelación, o si procediera una suspensión o postergación de un evento de fútbol o de un suceso deportivo que exceda de las 48 horas siguientes al termino de la vigencia de la programación respectiva, en todo este tipo de situaciones el apostador tendrá derecho a que se le restituya el valor de lo abonado para esa apuesta.
- En caso de que un evento comience antes de lo previsto, es decir antes del horario que se ha fijado para poder aceptar las apuestas, las jugadas que son llevadas a cabo en ese evento y que han sido formuladas luego de la iniciación del mismo, no serán aceptadas y sólo se procederá a la pertinente devolución del valor de lo que ha sido abonado para dicha apuesta.
- Si un evento resulta suspendido luego de haber sido iniciado y lo que resta del partido no es jugado dentro de los plazos señalados con anterioridad, en ese caso el resultado al producirse la suspensión será considerado como el resultado con el que se finaliza el evento deportivo.
- Cuando el evento deportivo resulto ser suspendido, o si este es reiniciado y terminado en las próximas 48 horas siguientes a que finiquito la vigencia del programa respectivo, en ese caso el resultado que queda como válido con fines de poder determinarse las apuestas que resultan ganadoras será el resultado con el que el partido finaliza en el tiempo reglado, quedando incluida la reanudación.
